Instalaciones Petrolíferas

Instalaciones Petrolíferas

Petrol


SERVICIO REALIZADO EN:

  • Galicia

Realizamos las inspecciones reservadas para Organismo de Control reconocidas en el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas (RD 2085/1994) y en las siguientes instrucciones técnicas:

  • Parques de almacenamiento de líquidos petrolíferos (MI-IP 02).
  • Instalaciones de almacenamiento para su consumo en la propia instalación (MI-IP 03).
  • Instalaciones para suministro de carburantes y combustibles líquidos a vehículos (MI-IP 04).

A continuación, se detallan más en profundidad los alcances de cada una de las instrucciones técnicas mencionadas.

 

MI-IP 02

En esta instrucción técnica se incluirían los parques de almacenamiento, instalaciones de suministro a embarcaciones e instalaciones de suministro a aeronaves.

AUCATEL ofrece para este tipo de instalaciones los siguientes servicios:

  • Inspección para puesta en servicio
  • Inspección periódica
  • Pruebas de estanqueidad/presión periódicas o tras reparación.

Los plazos entre inspecciones periódicas serían de 10 años desde su puesta en servicio, y de 3/5/10 años para las pruebas de estanqueidad según el caso.

MI-IP 03

En esta instrucción técnica se incluirían:

  • Instalaciones industriales fijas (hornos, quemadores para aplicaciones diversas, etc.)
  • Instalaciones de almacenamiento de recipientes móviles que contengan carburantes y combustibles para uso industrial.
  • Instalaciones de combustibles para calefacción, climatización y agua caliente sanitaria.
  • Instalaciones fijas para usos internos no productivos en las industrias (grupos electrógenos, etc.)
  • Instalaciones destinadas a suministrar combustible y/o carburante a medios de transporte interno, que operen sólo dentro de las empresas (carretillas elevadoras, etc.)
  • Instalaciones destinadas a suministrar combustible y/o carburante a maquinaria, que no sea vehículo.

AUCATEL ofrece para este tipo de instalaciones los siguientes servicios:

  • Inspección para puesta en servicio
  • Inspección periódica
  • Revisión periódica
  • Pruebas de estanqueidad/presión periódicas o tras reparación.
  • Certificación de instalaciones autónomas provisionales.
  • Certificación de protección catódica.

Los plazos de las revisiones periódicas podrán ser de 5 o 10 años dependiendo de si la instalación requiere proyecto o no, siendo de 10 años para las inspecciones periódicas. Las pruebas de estanqueidad tendrán plazos de 5 o 10 años dependiendo del caso. La certificación de protección catódica por corriente impresa tendrá un plazo de 2 años.

MI-IP 04

En esta instrucción técnica estarían incluidas las instalaciones petrolíferas de suministro de carburantes y combustibles líquidos a vehículos.

AUCATEL ofrece para este tipo de instalaciones los siguientes servicios:

  • Inspección para puesta en servicio
  • Inspección periódica
  • Revisión periódica
  • Pruebas de estanqueidad/presión periódicas o tras reparación.
  • Certificación de instalaciones de suministro a vehículos en pruebas deportivas.
  • Certificación de instalaciones autónomas provisionales.
  • Certificación de protección catódica.
  • Certificación de desgasificación.

Los plazos de las revisiones periódicas podrán ser de 1 o 5 años dependiendo de si la instalación requiere proyecto o no, siendo de 5 años para las inspecciones periódicas. Las pruebas de estanqueidad tendrán plazos de 3/5/10 años dependiendo del caso. La certificación de protección catódica por corriente impresa tendrá un plazo de 2 años.